• 1
    Separar de inmediato de cualquier cargo, público o de partido, a imputados por corrupción política hasta la resolución completa del procedimiento judicial.
  • 2
    Responsabilidad patrimonial subsidiaria de los partidos políticos en casos de corrupción de sus cargos públicos.
  • 3
    Apartar de cualquier cargo público o de partido a todo representante que haya falsificado o engañado en relación a su currículum o su cualificación profesional o académica.
  • 4
    Prohibir que las empresas hagan donaciones a los partidos, reducir a 50.000€ las de las personas físicas y notificar al Tribunal de Cuentas en el plazo de tres meses las donaciones mayores de 25.000€. *
    * (Artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos, por la que se modifican la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los Partidos Políticos, la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos y la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas).
  • 5
    Prohibir las donaciones por parte de presidentes, consejeros delegados u otros directivos con responsabilidad directa o indirecta en la gestión de contratos con la Administración.
  • 6
    Prohibir las condonaciones de los créditos bancarios a partidos políticos.
  • 7
    Tipificar el delito de financiación ilegal de partidos políticos en el Código Penal con responsabilidad penal de los partidos políticos y sindicatos.
  • 8
    Obligar a los partidos a publicar en su página web sus reglamentos, estatutos, cuentas, ingresos y gastos electorales, presupuestos y procedimientos de control internos.
  • 9
    Exigir a los partidos la creación de un órgano interno anticorrupción con funciones preventivas y de control.
  • 10
    Elegir a los candidatos mediante un sistema de elecciones primarias.