Notas de Prensa

Miguel Angel Ibáñez: 'La segunda descentralización (I)'

27-07-2009 | C's

Una vez fijado el ámbito autonómico, debemos acometer las reformas legislativas que permitan disponer a los ayuntamientos de un marco competencial y financiero propio.

 

Tras varias fechas incumplidas y las consecuentes promesas de respetar el nuevo plazo, finalmente tenemos un nuevo modelo de financiación autonómica y la previsión de que la LOFCA será aprobada sin sobresaltos. Muchas son las Comunidades que dicen estar de acuerdo con los nuevos criterios de adjudicación de la partida económica de financiación local: ya veremos cuando cada una presente sus cálculos si estos “coinciden” o no con los del Gobierno Central; lo que si es cierto es que con este nuevo modelo se cierra un capitulo importante en la descentralización autonómica, contribuyendo en buena medida a fortalecer el llamado Estado de las Autonomías.
 
Si bien la revolución autonómica se encuentra hoy en día en un alto grado de desarrollo, la revolución municipal sigue siendo la Cenicienta de nuestro sistema político, obligando a los ayuntamientos a “mendigar” ayudas de otros organismos para poder llevar a cabo políticas ciudadanas que por vocación y proximidad se ven obligados a prestar.
 
La Constitución reconoce la autonomía de los municipios, autonomía que deben refrendar y garantizar tanto el Estado como Comunidades Autónomas, para lo cual se hace necesario un conjunto de reformas legislativas que incluyan la determinación de un marco competencial propio y una financiación suficiente que se recojan en una reforma de la Ley de Bases que, en el marco de una posible modificación constitucional, debería tener rango de Ley Orgánica.
 
Los gobiernos locales deben poder establecer sus prioridades políticas, sociales y asistenciales en beneficio de sus vecinos, así como definir los ámbitos de colaboración metropolitana e inter-municipal que redunden en un incremento de la eficiencia de servicios compartidos, independientemente de que estén o no en la misma CCAA, siempre que responda a los criterios mencionados de necesidades y objetivos comunes así como el de aprovechar las posibles sinergias que ello pueda generar. La distribución de funciones, competencias y recursos debe atender a criterios de eficacia, eficiencia y objetividad, sin olvidar, aunque no sean preferentes, los de proximidad y de subsidiaridad.
 
Los municipios son organizaciones poderosas enfocadas a un servicio de proximidad y que por su cercanía y concepción se ven obligados a prestar servicios que no les corresponden y para los cuales no cuentan con recursos específicos, debiendo recurrir en muchas ocasiones a incrementar el endeudamiento, lo cual en situaciones de crisis como la actual se vuelve más dramático al añadirse al aumento de peticiones de ayuda social, la drástica disminución de ingresos en las arcas municipales. Los Gobiernos Municipales necesitan poder realizar una planificación estratégica eficaz dando voz a los agentes sociales y económicos, con la independencia que otorga el disponer de recursos propios sin depender de subvenciones o asignaciones presupuestarias de organismos superiores.
 
Hoy más que nunca, una vez fijado el ámbito autonómico, debemos acometer las reformas legislativas que permitan disponer a los ayuntamientos de un marco competencial y financiero propio que les otorgue la mayoría de edad, tanto respecto del Gobierno Central como del Autonómico, sólo entonces podremos hablar de verdadera descentralización, de co-responsabilidad y de independencia municipal.
 
 
Miguel-Angel Ibáñez, Secretario de Política Municipal C’s

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