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Entrevista a Edmundo Bal: 'El Gobierno no ha ganado, la sentencia confirma la violencia que me hicieron borrar a mí'

15-10-2019 | El Español

Diputado de Cs, fue purgado cuando era jefe de penal de la Abogacía del Estado por negarse a firmar el escrito de acusación que quitaba la violencia.

Este lunes por la mañana, a la hora del desayuno, Edmundo Bal contaba con una sustancial ventaja competitiva respecto a sus adversarios políticos. Conoce al dedillo los “antecedentes de hecho” de la sentencia y no tuvo que leerse las quinientas páginas rubricadas por el Tribunal Supremo para extraerle el jugo. Lo primero que consultó -y lo hizo con una ansiedad particular- fueron los “hechos probados”.

 
A él le costaron el puesto: la jefatura del departamento penal de la Abogacía del Estado. El Gobierno socialista le purgó cuando se negó a firmar aquel escrito de acusación que borraba el rastro de la violencia en el desarrollo del procés.
 
Como si fuera el bestseller de su mesilla de noche, Bal justifica sus opiniones acerca del veredicto del Supremo con precisión quirúrgica: “Le hablo de la página 266”. Seguirá preguntando a Sánchez acerca de los indultos y considera “simplista” que el PSOE se proclame “vencedor”: “Ellos acusaron por sedición y se ha condenado por eso… No, oigan, ustedes borraron la violencia que acaba de confirmar el Supremo”.
 
¿Qué ha sido lo primero que ha pensado al ver la cuantía de las penas y la condena por sedición?
 
Si va usted a la hemeroteca, verá que siempre dije que podía condenarse tanto por sedición como por rebelión. Me imaginaba, a la vista de las pruebas, que se iba a consignar la violencia, como finalmente ha ocurrido. En cuanto a las penas… aventuré entre 16 y 18 años para Oriol Junqueras. Han sido trece. No me parece mal.
 
Las penas están un pelín por encima de lo que pedía la Abogacía del Estado y muy por debajo de las exigidas por la Fiscalía. ¿Cuál es su interpretación política?
 
Poca interpretación política se puede hacer… La argumentación es muy técnica. He leído en algunos medios que el Supremo buscaba “una pena manejable para el Gobierno”. Más allá de cumplirla estrictamente, ¿cómo se “maneja” una sentencia? No vale hablar, como Sánchez, de un “cumplimiento íntegro de la sentencia”. Hay que hablar del “cumplimiento íntegro de las penas”.
 
Para usted es muy importante ese matiz, esa palabra.
 
¡Hombre! Un cumplimiento de la “sentencia” también puede ser el indulto.
 
Pero, ¿cree que la elección de “sentencia” en lugar de “pena” ha sido absolutamente intencionada por parte de Sánchez?
 
No sé si ha sido un error… Cuando lo he escuchado en directo, me ha llamado la atención. Me ha chocado. Yo hubiera dicho “cumplimiento íntegro de las penas”. Las sentencias también se cumplen cuando después se indulta porque el indulto es, precisamente, un perdón de la pena. Nosotros no pedimos un rigor especial, exigimos que los condenados por el procés cumplan sus penas igual que los demás presos.
 
Si Sánchez hubiera verbalizado ese “cumplimiento íntegro de las penas”, ¿Ciudadanos habría dejado de preguntarle insistentemente por los indultos? 
 
Si hubiera dicho “cumplimiento íntegro de las penas”, le habría preguntado, por lo menos una vez: “¿Eso significa que no va a indultarlos?”. Con esa confirmación, me quedaría muy tranquilo. Buscamos que no haya indultos ni totales ni parciales.
 
Quiero una respuesta clara de Sánchez sobre los indultos
 
No se fía de Sánchez.
 
No. Quiero una respuesta clara. Y creo que la gran mayoría de españoles también. Además de los indultos, buscamos que cumplan esas penas sin privilegios ni prerrogativas por estar ubicados en cárceles catalanas.
 
Rivera ha descrito la situación como una oportunidad para probar que “todos somos iguales ante la ley”. ¿Cree que los condenados obtienen beneficios penitenciarios por su condición de políticos? Esa competencia depende de la Generalitat.
 
Quiero que obtengan los beneficios que les correspondan, como cualquier otro preso en cualquier otra cárcel española. Torra ha hablado de venganza. Nada de eso. Se trata de justicia. Si tienen derecho a un permiso por un bautizo, una comunión, una boda o el entierro de un pariente, deberán obtenerlo. Pero ya hemos visto a un funcionario de prisiones de Cataluña sancionado porque no quiso admitir prerrogativas. También conocimos el caso de Oriol Pujol, que salió de la cárcel con un cumplimento de la pena muy exiguo en relación a la sentencia.
 
¿En Cataluña, entonces, no somos iguales ante la ley?
 
Oriol Pujol, desde luego, no. Vamos a reclamar que los políticos presos sean iguales ante la ley. Me hago eco de algunas noticias publicadas en ese sentido. Tengo la sospecha de que, tal y como se pronuncia Torra, tenderán a darles ese trato de favor. La Fiscalía deberá estar ojo avizor. 
 
¿Exigirá, para evitar esos “privilegios”, el traslado de los presos del procés a cárceles fuera de Cataluña?
 
Es una de las posibilidades. Aunque el Estado transfirió a Cataluña la gestión de las cárceles, la elección de la prisión para el condenado depende de Interior. Deben tenerse en cuenta varios aspectos: uno de ellos es garantizar que no se presta un trato de favor. Si se produce ese defecto, no me parece una locura pedir a Interior que se traslade a los condenados -causando el menor daño posible a sus familiares- a Aragón o Valencia.
 
Sería intolerable que el Gobierno admitiera un trato de favor a los condenados
 
Si estuviera en su mano, ¿los trasladaría ya?
 
Lo primero que haría sería encargar un informe técnico, algo que no gusta al PSOE. No son partidarios de los funcionarios neutrales: o estás de su lado o eres su enemigo. Si ese informe dictamina así al respecto, lo haría, me fiaría.
 
Entonces, concluye que deben trasladarse los presos fuera de Cataluña si se comprueba que Torra les está dando un trato de favor.
 
Exacto. Sería intolerable que el Gobierno admitiera ese trato de favor por el hecho de ser políticos.
 
Usted fue purgado por incluir en su escrito una violencia que, finalmente, sí ha sido diagnosticada por el Supremo.
 
Sí, eso es. Fui purgado porque me hicieron quitar del escrito de acusación todos los episodios de violencia. Según el último escrito de la Abogacía del Estado, parece que aquello fue una cosa completamente pacífica, un grupo de gente que salió a votar y que, bueno, se produjeron unos poquitos disturbios. Creí que la violencia tenía un grado suficiente para suponer un delito de rebelión, pero la calificación jurídica nunca fue para mí algo relevante. No discutí por eso. También preparé otro escrito que hablaba de sedición con violencia.
 
Su primer escrito apostaba por la rebelión. ¿La sentencia da ahora la razón a Pedro Sánchez y le desautoriza a usted?
 
Ni hablar, en absoluto. El Gobierno vende que ha ganado, pero el mensaje es simplista: “Como la sentencia condena por sedición y yo acusé por sedición, he ganado”. No, mire usted: su escrito negaba los hechos violentos que acaba de confirmar el Tribunal Supremo y que me hicieron borrar de aquel escrito.
 
A pesar de haber leído la sentencia, ¿sigue creyendo que pudo haber un delito de rebelión?
 
Es difícil… La frontera entre ambos delitos es muy difusa. Existe muy poca jurisprudencia al respecto. El Supremo acaba de dictaminar que la violencia necesaria para el delito de rebelión debe ser “instrumental”, “preordenada” y “funcional”. Eso no está en el Código Penal. Es la primera vez que se hace esa interpretación. Ahora, deberemos acatar esos requisitos.
 
Pero, ¿hay algo que no le encaje de la argumentación del Tribunal Supremo?
 
Hay algo que me llama la atención. Cuando dan cuenta de esa reunión previa al referéndum entre los Mossos y Puigdemont, el expresidente de la Generalitat fue advertido de que habría violencia. Él respondió: “Si hay violencia, declararé la independencia”. La sentencia no saca ninguna consecuencia jurídica de ese acto. Para mí, es muy relevante. Si te han avisado de que habrá violencia y sigues adelante… Estas aceptando, asumiendo y queriendo esa violencia. También me ha llamado mucho la atención que no se haya hecho caso de la petición de Fiscalía que llamaba al cumplimiento íntegro de las penas con base en el artículo 36.2 del Código Penal.
 
Si la Abogacía del Estado hubiera mantenido la acusación de rebelión, ¿piensa que la sentencia habría sido distinta? 
 
Es una pregunta que llevo haciéndome toda la mañana. Tengo una duda fundamental: si todos hubiéramos ido por rebelión, el Supremo sólo habría tenido dos opciones: condenar por rebelión o absolver. Los dos delitos están en títulos diferentes del Código Penal. Técnicamente, creo que es así. El propio Supremo dice que la sedición no es una pequeña rebelión, sino un delito distinto.
 
Una sentencia sin unanimidad hubiera sido tan válida como ésta
 
Tomás Ramón Fernández, prestigioso jurista, ha dicho en una entrevista con EL ESPAÑOL que la condena ha sido “condescendiente” y de “buena voluntad” para facilitar la “convivencia”. ¿Está de acuerdo? 
 
La sentencia del Supremo está muy fundada. Sinceramente, me cuesta trabajo, por mi profesión, creer que un órgano judicial dicta sentencias de conveniencia.
 
¿Le ha sorprendido la unanimidad del Tribunal Supremo?
 
No sé qué necesidad había de unanimidad. Una sentencia que no la tiene es tan válida como la que sí. Por otra parte, la diferencia de criterio sobre sedición o rebelión da igual. El Tribunal de Derechos Humanos -el último recurso del que dispondrán los separatistas- no entra en ese tema.
 
¿Cree que alguno de los magistrados se ha plegado a esa unanimidad para no dar munición al separatismo con su voto particular?
 
No lo podemos saber porque las deliberaciones son secretas, pero desde luego todo el mundo intuye que, efectivamente, se ha buscado la unanimidad. Han corrido muchos bulos y cotilleos. No lo sé. No he hablado con ellos. Si eso es cierto y alguno ha cedido en sus convicciones, me parece muy mal.
 
 

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