Opinió

La Europa de las decisiones

31-05-2020 | Voz Pópuli

La sentencia del Tribunal Constitucional alemán pone en cuestión el papel del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y crea una peligrosa oportunidad para paralizar y revertir la integración europea

Es probable que el miércoles 27 de mayo quede marcado en el calendario como un día crucial para el futuro de Europa. La apuesta decidida de la Comisión Europea por impulsar de un plan de reconstrucción conjunto y ambicioso no solo abrió portadas en medio mundo sino que trazará una estela política y emocional que marque, para todos, la respuesta a esta crisis. La emisión de deuda conjunta propulsará a la Unión Europea, aún en uno de los momentos más difíciles, a una nueva etapa de integración. Un impulso valiente que irrumpe con fuerza tras la tibieza y la prudencia con la se había empezado a afrontar esta crisis entre buenas intenciones y redistribuciones contables.

El arrojo y las decisiones valientes de algunos de los líderes de la Unión, ésas que ponen por delante lo que nos une, han marcado muy a menudo el destino político de nuestro continente. La conjura de unos pocos por lo improbable ha acabado convirtiéndose en el arte de lo posible para millones de personas. Tal y como hicieron los propios De Gasperi, Schuman o Monnet.

Pero el futuro europeo no solo se ha forjado a partir de decisiones valientes, también de decisiones temerarias. El mismo efecto halo que ha tenido en ocasiones la audacia lo ha tenido también la cobardía y la imprudencia. Decisiones que, como precedente, desencadenan crisis futuras con efectos lejanos. Fue ese el caso del ominoso referédum del Brexit. Y quién sabe también si lo ha sido también la reciente decisión del Tribunal Constitucional alemán.

De entrada, el hecho de que el Tribunal Constitucional de uno de los 27 estados miembros de la Unión Europea sea noticia más allá de sus fronteras suele ser indicativo de que algo no va bien o, como mínimo, de que hay algo de lo que preocuparse. Así lo constatamos una vez más el pasado 5 de mayo, cuando el Tribunal Federal Constitucional de Alemania se pronunció en contra de los programas de deuda pública aprobados por el Banco Central Europeo (“BCE”), incendiando las portadas de la mayoría de la prensa europea.

Un enigma por resolver

El porqué de esta noticia es relativamente conocido por todos en su versión corta, no tanto en su versión extendida. Sus consecuencias para el futuro de Europa son, sin embargo y a día de hoy, un enigma por resolver.

La versión corta, la que ha llegado a informativos y tertulias, se resume en una frase: la Corte Constitucional germana se posiciona en contra de los programas de deuda pública del Banco Central Europeo (“BCE”), tan apreciado como salvavidas de países con graves problemas de solvencia y, en última instancia, como garante de la viabilidad futura del euro.

La versión extendida —todo lo extendida que permite un modesto artículo de estas características y sin entrar en disquisiciones académicas—, pasa por comprender que los magistrados alemanes han puesto en entredicho la actuación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cuestionando así, de facto, su papel como máximo intérprete del Derecho de la Unión.

Y es que, la sentencia alemana que hemos conocido este mes, hace una serie de pronunciamientos sin precedentes sobre otra sentencia, dictada por el TJUE el 11 de diciembre de 2018. En ella, la corte comunitaria avaló jurídicamente el Programa de Compra de Deuda Pública (“PSPP” por sus siglas en inglés) al considerar que, con este programa, el BCE actuaba dentro de sus competencias en tanto que: (I) se trata de una medida de política monetaria, pero que muy posiblemente impacte la política económica —y siendo cierto que ésta última no compete al BCE—; y (II) cumple con el requisito legal de proporcionalidad, pues se adoptó en un contexto de riesgo de bajada de precios conducente a la deflación, siendo que el BCE tiene como misión principal controlar las fluctuaciones de la inflación.

Capacidad de verificar

Pues bien, entiende el Tribunal alemán que, si bien es cierto que el TJUE es el órgano competente para interpretar y aplicar los tratados y asegurar que se cumple el Derecho europeo, ello no obsta para que los tribunales nacionales puedan analizar si la Corte europea se ha extralimitado en sus funciones. En definitiva, los magistrados alemanes se arrogan la capacidad de verificar que la interpretación del Derecho europeo se realiza de forma correcta por sus homólogos europeos.

Sobre la base de este argumento, ya de por sí revolucionario, el Tribunal Constitucional alemán viene a concluir que, en su sentencia de 2018, el TJUE se extralimitó en su mandato en tanto que realizó un análisis de proporcionalidad del programa de compra de deuda que no cumplía, a juicio de los magistrados alemanes, con los requisitos de exhaustividad que se le exigen. Por ello, la sentencia deja entrever que Alemania no queda vinculada por la decisión del TJUE sobre la proporcionalidad del PSPP, exigiendo por tanto al BCE que presente una justificación detallada sobre la necesidad del programa; que demuestre, en suma, que la compra de deuda pública a la escala a la que se ha hecho, era necesaria para mantener la inflación estable, por debajo pero cerca del 2%. En caso de que no lo haga, se ordena al Banco Central Alemán, que aporta una cuarta parte del capital del BCE, que deje de participar en estas compras.

La decisión del Tribunal alemán no tiene precedentes en la historia de la UE, y como apuntábamos al inicio, las consecuencias de esta sentencia a largo plazo son hoy un misterio. Sin perjuicio de la enorme relevancia de esta decisión en términos económicos, que para los economistas queda, los autores de este artículo deben llamar la atención sobre las potenciales repercusiones jurídicas y constitucionales del camino al que puede dar inicio esta decisión. Y es que, más allá de las dudas jurídicas que el Constitucional alemán pudiera tener sobre la proporcionalidad del PSPP, no es a él a quien le corresponde valorarlo.

La sentencia es un auténtico varapalo al TJUE y a las funciones que tienen encomendadas y sienta un peligroso precedente: la Justicia europea puede interpretar los tratados, pero la Justicia nacional puede evaluar si lo ha hecho extralimitándose en sus competencias o con el rigor adecuado y, en caso de que el resultado del análisis sea negativo, declarar que su Estado no queda vinculado por la decisión. En esencia, se abre la puerta a que los jueces nacionales de los estados miembros puedan fiscalizar las decisiones de la justicia europea.

No es difícil suponer que, en estos momentos, los gobiernos húngaro y polaco, embarcados desde hace tiempo en una deriva autoritaria que incluye la reducción de la independencia de sus tribunales, miran hoy con entusiasmo hacia Alemania, explorando la miríada de posibilidades que esta sentencia abre para ellos y sus intereses políticos. A fin de cuentas, si el Bundesbank no tiene por qué dar por válida la proporcionalidad de un programa de compra de deuda del BCE expresamente admitida por el TJUE; ¿por qué debería el gobierno de Viktor Orbán sentirse vinculado por los procedimientos que se le han abierto por poner en riesgo el Estado de Derecho? ¿Bastaría con que el Tribunal Constitucional de Hungría cuestionase la proporcionalidad de la sanción o del procedimiento?

Son preguntas incómodas para la mayoría de los europeístas, pero son, sin duda, las que debemos hacernos en los momentos más complejos, como el que vivimos. Precisamente para que las respuestas que hallemos caminen en la senda de los valores fundacionales de este gran proyecto de prosperidad e igualdad que es la Unión Europea.

 

Edmundo Bal es diputado y portavoz de Ciudadanos en el Congreso y abogado del Estado.

Adrián Vázquez es eurodiputado de Ciudadanos y presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo.

 

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