Opinión

Barna Clínic: La joya de la Corona

15-02-2015 | Catalunya Press

Toda la actividad asistencial que, supuestamente, realiza Barna Clínic, la efectúan profesionales que prestan servicios, ya retribuidos con fondos públicos, en el Hospital Clínico de Barcelona

La Comisión de Salud del Parlamento de Cataluña ha aprobado recientemente una resolución por la que se insta al Gobierno de la Generalitat y, en concreto, al Departamento de Salud y al CatSalut , a inspeccionar y paralizar la actividad sanitaria privada que se viene realizando, a través de la entidad “Barna Clínic”, en el Hospital Clínico y Provincial de Barcelona.

“Barna Clínic” que, se anuncia en su página web corporativa, como “una entidad sin ánimo de lucro que revierte todos sus ingresos al Hospital Clínic y, de esta forma, a la sociedad” es, jurídicamente, una sociedad anónima participada mayoritariamente por el Hospital Clínico y Provincial de Barcelona, además de por otras dos Fundaciones privadas las cuales, a su vez, están también participadas mayoritariamente por el mismo Hospital. El Consejo de Administración está formado por un grupo de directivos del Hospital que también forman parte del Patronato de esas otras Fundaciones. A pesar de que la participación mayoritaria es del Hospital Cínico, el centro más público de toda Cataluña ya que es el único que depende directamente de la Consejería de Salud, la entidad se reputa como privada y se acoge a la normativa de contabilidad y rendición de cuentas del derecho privado, aún a pesar de que la Sindicatura de Cuentas de Cataluña sostiene que su personalidad jurídica es y debe ser reconocida como pública y de que, sin justificación conocida, recibe anualmente una dotación de 12 millones de Euros con cargo a los Presupuestos de la Generalitat.

Ese ente que, como se desprende del análisis de sus cuentas, parece ser virtual y meramente instrumental, fue constituido en el año 2.000, aunque eso no representa obstáculo alguno para que en su página web se haga constar que Barna Clínic “pone a disposición de los pacientes todo su conocimiento, la experiencia acumulada de sus profesionales, 100 años de investigación básica y clínica, y las tecnologías más avanzadas”. A pesar de que en esa pagina corporativa se anuncian 52 especialidades médico-quirúrgicas y más de 250 profesionales, en la presentación de cuentas de la entidad se descubre que únicamente dispone de 69 trabajadores, la mayoría de ellos personal de enfermería que es el que atiende la zona de hospitalización situada en la planta séptima del Hospital Clínico, a la que se accede por una escalera y ascensor diferenciados. Eso es en realidad a lo que se limita Barna Clínic: unas camas de hospitalización ubicadas en habitaciones individuales, que ocupan una planta del Hospital Clínico de Barcelona. No tienen ninguna otra instalación, personal, material, instrumento ni activo con el que pueda desarrollar la tarea asistencial que promete “para garantizar la prevención, predicción, diagnóstico y tratamiento personalizado con los mejores resultados.”

Toda la actividad asistencial que, supuestamente, realiza Barna Clínic, la efectúan profesionales que prestan servicios, ya retribuidos con fondos públicos, en el Hospital Clínico de Barcelona y que, a través de esas actividades privadas que realizan indistintamente fuera o dentro del horario laboral contratado por el Hospital Clínico, gozan de generosas retribuciones adicionales que, en algunos casos, consiguen maximizar percibiéndolas a través de sociedades que previsoramente han constituido para evitar la carga impositiva de las rentas individuales por el trabajo. En todos los casos eluden la cotización obligatoria a la Tesorería General de la Seguridad Social, puesto que a pesar de que su relación con el Hospital Clínico es laboral, actúan como si la relación con Barna Clínic no lo fuera. Ese ahorro en las cotizaciones al fondo general de la Seguridad Social supone también un importante beneficio para la entidad Baran Clínic, puesto que elude las cargas sociales obligatorias para todas las empresas por la contratación de sus trabajadores; ese ahorro puede suponer un 25% del total de los honorarios que abona a los profesionales, lo cual le permite competir ventajosamente en tarifas con cualquier otra entidad privada que sí asume esas cargas.

Pero si el ahorro en costes laborales y cargas sociales no fuera ya sustancioso, debe tenerse en cuenta que la entidad, carente de activos, no necesita tampoco realizar inversiones ni costear amortizaciones puesto que dispone libremente de todas las instalaciones y recursos materiales del Hospital Clínico para desarrollar, y cobrar, la actividad privada que realiza. Ni tan sólo hace frente a los consumos que ¡cómo no! corren a cargo de fondos públicos. Resulta interesante señalar que las escasas existencias que se reflejan en las cuentas anuales se limitan a “material odontológico” y ello es así puesto que, como es sabido, esa prestación asistencial odontológica no se incluye en la cartera pública de servicios y a la entidad no le queda otro remedio que correr con ese gasto.

Una entidad tan poco sospechosa de promocionar el sistema sanitario público como es la Asociación Catalana de Entidades de Salud (ACES), patronal de centros exclusivamente privados, ha demandado al Hospital Clínico y a su empresa supuestamente privada, Barnaclínic, por “competencia desleal”. La patronal acusa a ambas instituciones de utilizar los recursos públicos del Clínico para realizar actividad privada en Barnaclínic. La presidenta de la patronal, Cristina Contel, ha puesto de manifiesto la “confusión” que generan ambas empresas entre los pacientes. “Barnaclínic nació en el 2000 y se presenta en su web como una institución centenaria. No solo se aprovecha de los recursos públicos del Clínico, sino también de la marca y del prestigio del hospital”. Para ACES, el hecho de que el centro público y su brazo privado compartan ubicación, domicilio, profesionales e instalaciones, altera el circuito de los pacientes y las listas de espera y supone una competencia desleal para los otros centros. Según ACES, “este modelo de gestión y de prestación de servicios colisiona y perjudica los intereses de las entidades sanitarias privadas, tanto en Cataluña como en el resto de España”. “La sanidad pública no puede aumentar sus ingresos y enjuagar su déficit crónico a costa de hacer actividad privada”, afirma la asociación, coincidiendo con las manifestaciones de usuarios, trabajadores y sindicatos del sector.

Los responsables de la entidad, y también el Consejero de Salud, manifiestan reiteradamente que Barna Clínic abona determinados cánones por todas esas prestaciones personales y materiales al Hospital Clínico, y que todo ello está regulado en un Convenio de colaboración del que no se tiene conocimiento público. A pesar de todas esas manifestaciones, el informe publicado en el año 2.012 por la Sindicatura de Cuentas de Cataluña respecto el Hospital Clínico y Provincial de Barcelona, afirma que las contraprestaciones económicas abonadas por Barna Clínic no cubren los costes y que están muy por debajo de lo establecido en ese Convenio.

Una buena parte de directivos del Hospital Clínico, miembros a su vez del Consejo de Administración de Barna Clinic e integrantes también de los órganos de gobierno de las diversas Fundaciones y entes instrumentales que constituyen ese “grupo de negocio”, aseguran que la entidad carece de ánimo de lucro, cosa que es cierta. La entidad, per se, no tiene ánimo de lucro porque no necesita capital (está constituida con el mínimo legal exigible) ni reservas; los ingentes beneficios del “negocio” se destinan a las retribuciones de los escogidos profesionales que desarrollan esas actividades privadas, compatibilizándolas con las retribuciones públicas, fuera o dentro de su horario de trabajo. Se da el caso que el complemento de exclusividad que algunos profesionales perciben, y que retribuye precisamente la prestación de servicios en exclusiva para el Hospital Clínico, se conserva aunque se realicen y se cobren actividades privadas a través de Barna Clínic. Ni que decir tiene que una buena parte de directivos y cargos ejecutivos del ente se encuentran entre ese grupo de escogidos profesionales.

Finalmente señalar que, a pesar de todas esas -por llamarlas de alguna manera- “peculiaridades”, el Colegio Oficial de Médicos de Barcelona y la mayor parte de Sociedades Profesionales y corporativas, jamás ha hecho mención ni se han pronunciado sobre el tema, no ya respecto a la situación de los profesionales implicados, sino a la grave repercusión y escándalo social que todo ello suscita entre usuarios y ciudadanos, ya que supone la consagración de la doble puerta de entrada al sistema sanitario aunque, en este caso, en claro perjuicio no sólo de los ciudadanos sino, posiblemente, del erario público. Lo más lamentable es que, ante la ausencia de reprobación pública por parte de aquéllos a quienes corresponde, y deberían, defender los valores éticos y sociales de la profesión, ese “peculiar” modelo se ha convertido en el espejo donde querrían reflejarse algunos centros y algunos profesionales.

Dados los antecedentes, y las vinculaciones e influencias de los personajes implicados, se hace difícil ser optimista respecto al cumplimiento de la resolución aprobada por la Comisión de Salud respecto a la paralización de esas actividades hasta que se conozca el resultado de la inspección que debe realizar el Cat Salut, y también sobre el alcance, ámbito y metodología de la propia investigación. A estas alturas…., ¿quién no conoce la fábula de la zorra y el gallinero?

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