Opinión

Sí a reformar la Constitución, no a las estafas

18-01-2024 | The Objective

«No importa con qué palabras se quieran disfrazar, los acuerdos del Gobierno con Junts, PNV y otros no son más que oxígeno para el conflicto entre españoles»

El ministro Félix Bolaños nos deleitó hace poco con una nueva reinvención de lo que son los acuerdos en democracia. Según él, «estos acuerdos son sanos y buenos, porque responden a lo que ha votado la ciudadanía».

Yo estaría de acuerdo con el ministro si en el programa del PSOE para las elecciones de julio hubiera figurado la amnistía a delincuentes, la descomposición del Estado a través de la delegación de competencias estatales a ciertas comunidades autónomas o «el reconocimiento de los derechos históricos de Cataluña en materia de régimen local», signifique eso lo que signifique. Faltando estas propuestas en el programa, y dada la ferviente defensa de la Constitución que hizo el PSOE durante la campaña, me parece una falta de respeto a la inteligencia de los votantes tratar de hacer creer que el Ejecutivo cuenta con el respaldo de los ciudadanos en materias como la amnistía o la cesión de competencias en materia de inmigración.

Dicho esto, no debería sorprendernos la estrategia. El PSOE necesitaba los siete votos de Junts en el Congreso para poder formar un Gobierno, y ahora para gestionarlo, así que estuvo y está dispuesto a darle lo que sea a cambio de estos. Esta falta de principios se corresponde con la afirmación de que «el poder corrompe y el poder absoluto corrompe absolutamente». De hecho, para eso tenemos una Constitución que debe servir de ancla para evitar posibles delirios tiránicos de quienes ostentan el poder. 

El problema es que, en el capítulo del reparto de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas, la Constitución deja demasiado margen a la interpretación, y eso da pie a los abusos de Junts y el PSOE. 

Por ejemplo, el ministro Bolaños declaró que la delegación de competencias en materia migratoria se hará por Ley Orgánica, conforme al artículo 150.2 de la Constitución. Pero se le olvida al ministro que el artículo 150.2. admite tal delegación de competencias exclusivas del Estado (y la política migratoria lo es según el artículo 149.1 de la Constitución) solo si tales competencias, por su propia naturaleza, son susceptibles a ser transferidas o delegadas. Se trata, de hecho, de una provisión que partía de la idea que la Constitución creaba un Estado autonómico que iba a desarrollarse, que todavía no había cuajado en el año 1979 cuando la Constitución entraba en vigor. Y, lo que es más importante, no podía prever cómo nuestro Estado autonómico se iba a diseñar en el contexto de una organización supranacional como la Unión Europea. 

Y es que hoy en día, el artículo 150.2. de la Constitución se debe interpretar a la luz del Derecho de la UE, como expresión de la soberanía compartida y, como dice la catedrática de Derecho constitucional, Teresa Freixes, como consecuencia del «constitucionalismo multinivel», ya que las normas constitucionales se enmarcan en el orden constitucional europeo. 

¿Cómo piensa el Gobierno delegar competencias en materia de inmigración a una parte del Estado cuando España tiene extensas obligaciones en protección de las fronteras, lucha contra la inmigración irregular, procedimiento de las aplicaciones de asilo y redistribución de los solicitantes de asilo en el marco de la UE? Sería imaginable solamente limitando de manera considerable el autogobierno de la Generalitat catalana, algo que no parece entrar en los planes del Ejecutivo.

Los españoles estamos ya acostumbrados a ver el mercadeo de competencias como parte de las negociaciones de investidura. Este mercadeo atenta contra el buen funcionamiento y la integridad del Estado. Crea desigualdades cada vez más insalvables entre comunidades autónomas, vacía el marco de competencias del Estado y dificulta el cumplimiento por parte del Estado de las obligaciones para con nuestros socios europeos según el reparto competencial en la UE.

Por todo ello debemos ser valientes y afrontar la necesidad de una reforma constitucional que adapte el Título VIII de nuestra Carta Magna a los tiempos y retos que vivimos. La transición democrática, y el proceso de formación de las comunidades autónomas son ejemplos claros de éxito, pero también de obras propias de su tiempo y que precisan de una actualización. Juristas como Manuel Aragón llaman a nuestro modelo autonómico «el Estado jurisdiccional autonómico», pues ha tenido que ser el Tribunal Constitucional el que dirima los límites competenciales, la legislación básica o los múltiples, y costosos, conflictos competenciales de los últimos 45 años.

No tenemos que inventar la rueda; solo debemos mirar al derecho comparado para dejar claro, definitivamente, quién tiene la competencia en cada caso. La Ley Fundamental de Bonn en Alemania ya distingue entre competencias exclusivas del Estado (Art. 73) y concurrentes con los Länder (Art. 74). Porque lo lógico es que sea la norma fundamental, la Constitución, la que atribuye las competencias a los niveles inferiores de gobierno, y que no sean las comunidades autónomas quienes decidan «asumir» o no ciertas competencias, convirtiendo el reparto competencial en una especie de rivalidad deportiva por el poder, en lugar de utilizarlo como un instrumento para gestionar políticas de la forma más eficaz posible en el interés de los ciudadanos. Necesitamos claridad y simpleza para eliminar que se dé cualquier margen a interpretaciones abusivas.

Para dirimir un catálogo exhaustivo de competencias exclusivas del Estado y otro de competencias concurrentes con las comunidades autónomas a la alemana hay que guiarse únicamente por el principio de economía política, esto es, la eficacia de las políticas públicas en un contexto de integración europea. Lo que no tiene sentido es reconocer que necesitamos más actuación conjunta en el seno de la UE en materia de migración o política fiscal, y después aceptar fragmentación fiscal y en política migratoria en nuestro país.

Para compensar esta imposibilidad para las comunidades autónomas de autoatribuirse competencias, y para garantizar precisamente la eficacia de las políticas públicas, se establecería la participación de éstas en los procesos de toma de decisión del Estado de forma estructural y no ad hoc, como es el caso en la actualidad. Para ello hace falta reformar el Senado y constitucionalizar la Conferencia de presidentes de las comunidades autónomas, así como el procedimiento legislativo. En España tenemos mucho «autogobierno»; hace falta ir más hacia un «gobierno compartido» y disminuir la capacidad de diferenciar a los ciudadanos de nuestro país por su lugar de residencia mediante el mercadeo competencial.

Porque no importa con qué palabras se quieran disfrazar, los acuerdos del Gobierno con Junts, PNV y otros no son más que oxígeno para el conflicto entre españoles. Son un lastre para el progreso económico y social de nuestro país, con secuelas que sufrirán nuestros hijos y nietos. Si no queremos que se use la Constitución para tales fines injustificables, hay que plantear desde un amplio frente constitucionalista y europeísta una reforma constitucional sin complejos, precisamente para hacerla valer y para que sea nuestro marco de convivencia para las próximas generaciones. Quizás le sorprenda al Gobierno, al Partido Socialista y a sus socios cuántos españoles estarían a favor de este renovado compromiso con nuestra Constitución y sus valores.

 

Lee la tribuna en The Objective.

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